En Ciudad Victoria, Tamaulipas, siendo las once horas, del día dieciocho de enero de dos mil diecisiete, presentes en el recinto oficial del Instituto de Transparencia y Acceso a la Información de Tamaulipas, el Comisionado Presidente licenciado Juan Carlos López Aceves dio inicio a la Sesión Pública Extraordinaria de este órgano colegiado; acto seguido, instruyó al Secretado Ejecutivo licenciado Andrés González Galván para proceder a pasar la lista de asistencia, corroborándose la presencia de la Comisionada Rosalinda Salinas Treviño, del Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperena y del Comisionado Presidente Juan Carlos López Aceves.

Una vez verificada la existencia del Quórum legal, el Comisionado Presidente declaró instalada la Sesión Pública Extraordinaria del Pleno e Instruyó al Secretario Ejecutivo a dar lectura del Orden del Día, mismo que fue conformado de la manera siguiente:

Punto Número Uno: Inicio de la Sesión.
Punto Número Dos: Lista de Asistencia.
Punto Número Tres: Declaratoria del Quórum Legal.
Punto Número Cuatro: Lectura y en su caso aprobación del Orden del Día.
Punto Número Cinco: Lectura y en su caso aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/162/2016/RST.
Punto Seis: Lectura y en su caso aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/163/2016/RJAL.
Punto Número Siete: Clausura de la Sesión.

Una vez que se dio a conocer el contenido del Orden del Día conforme al artículo 30 del Reglamento Interior del Instituto, el Secretario Ejecutivo lo sometió a consideración de los Señores Comisionados, siendo aprobado por unanimidad de votos.

El titular de la Secretaría Ejecutiva, licenciado Andrés González Galván, dio paso a la lectura y en su caso aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/162/2016/RST. Y Se hace constar en esta Acta que el Secretario Ejecutivo dio lectura al Proyecto de Resolución RR/162/2016/RST.

Satisfecha la lectura anterior, en uso de la voz la Comisionada Rosalinda Salinas Treviño expresó que la recurrente presentó solicitud de información ante un ente público, este último se encuentra obligado a emitir una respuesta en el término de veinte días hábiles, contando con la posibilidad de utilizar, cuando así lo requiera, una prórroga por de diez días hábiles más.

Informó que, el recurrente manifestó que la autoridad señalada como responsable, no brindó contestación a su solicitud de información, dentro de los veinte días que otorga la ley para dar respuesta a la misma, razón por la que mencionó que lo llevo a interponer Recurso de Revisión ante este organismo garante, e informó que, contrario a lo expresado por el particular, en nueve de noviembre del año dos mil dieciséis, es decir, un día hábil antes del término para dar respuesta a la solicitud de información, la autoridad señalada como responsable comunicó al particular la prórroga solicitada ante el Comité de Trasparencia con fundamento en el artículo 146 de la Ley de la materia, lo cual fue confirmado por dicho Comité, extendiéndose el plazo de contestación por un término de diez días hábiles más, actuación que fue comunicada al particular mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información en nueve de noviembre año dos mil dieciséis.
Mencionó que, el particular acudió a interponer su recurso de revisión, en dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, aún y cuando ya obraba dentro del propio Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información, la comunicación de una prórroga por parte de la Unidad de Transparencia, como fue demostrado anteriormente, y se estimó que dicho recurso no fue presentado con la oportunidad que determina la Ley, y manifestó que, existió un desechamiento por improcedencia por lo que, se notificó el sobreseimiento de dicho asunto.

A continuación el Secretario Ejecutivo por instrucciones del Comisionado Presidente, recabó la votación correspondiente; informando la aprobación del Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/162/2016/RST.
Como siguiente punto de la Orden del Día se encuentra la lectura y en su caso aprobación del proyecto de resolución del Recurso de Revisión RR/163/2016/RJAL. Y se hace constar en esta Acta que el Secretario Ejecutivo dio lectura al Proyecto de Resolución RR/163/2016/RJAL.

Satisfecha la lectura anterior, en uso de la voz el Comisionado Roberto Jaime Arreola Loperenaexpresó que el recurrente realizó solicitud de información a la que le correspondió el número de folio 00232516, presentada ante la Secretaría de Salud de Tamaulipas, a quien requirió el nombre de los servidores públicos, nombre de los puestos y el tabulador de sueldos (sueldo mensual bruto) de los mandos medios y mandos superiores, así como de todo el personal de confianza con los que trabajó la Secretaría de Salud del estado de Tamaulipas, correspondiente al año 2016.

Comunicó que, el recurrente manifestó que la autoridad señalada como responsable, no brindó contestación a su solicitud de información, dentro de los veinte días que otorga la ley para dar respuesta a la misma, por lo que mencionó que lo llevo a interponer Recurso de Revisión ante este organismo garante.
Informó que, contrario a lo expresado por el particular, en nueve de noviembre del año dos mil dieciséis, es decir, un día hábil antes del término para dar respuesta a la solicitud de información, la autoridad señalada como responsable comunicó al particular la prórroga solicitada ante el Comité de Trasparencia con fundamento en el artículo 146 de la Ley de la materia, lo cual fue confirmado por dicho Comité, extendiéndose el plazo de contestación por un término de diez días hábiles más, actuación que fue comunicada al particular mediante el Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información en nueve de noviembre año dos mil dieciséis.
Mencionó que, el particular acudió a interponer su recurso de revisión, en dieciséis de noviembre de dos mil dieciséis, aún y cuando ya obraba dentro del propio Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información, la comunicación de una prórroga por parte de la Unidad de Transparencia, como fue demostrado anteriormente, y se estimó que dicho recurso no fue presentado con la oportunidad que determina la Ley, y manifestó que, existió un desechamiento por improcedencia por lo que, se notificó el sobreseimiento de dicho asunto.

Terminada la parte de exposición del ponente, el Secretario Ejecutivo Andrés González Galván comunicó al Comisionado Presidente Juan Carlos López Aceves que se aprueba por unanimidad el Proyecto de Resolución del Recurso de Revisión RR/163/2016/RJAL.
Acto seguido, el Secretario Ejecutivo Licenciado Andrés González Galváninformó al Comisionado Presidente que se habían agotado los asuntos del Orden del Día.

Por tanto, el Comisionado Presidente Juan Carlos López Aceves expresó que no existiendo más asuntos que tratar y siendo las once horas con cuarenta minutos, del día dieciocho de enero de dos mil diecisiete se declara clausurada la presente Sesión Pública Extraordinaria.